En notas anteriores he abordado el tema de los ingresos por financiamientos que se consignan al final del artículo 1 de la Ley de Ingresos de la Federación, y la autorización que aprueba el Congreso para aumentar el saldo de la deuda del sector público federal, concretamente del Gobierno Federal, de Pemex y de la CFE, que se detalla y se desglosa en el artículo 2 de la referida Ley de Ingresos de la Federación, ya que siempre hay fuertes diferencias entre estos conceptos, y la autoridad Hacendaria es omisa en aclarar e informar, el destino de gasto de los ingresos que percibe, provenientes de la contratación de más deuda pública.
Lo primero que es importante señalar, es que los ingresos que se incluyen en la Ley de Ingresos de la Federación, (LIF) deben ser iguales al total del Gasto Presupuestal que se aprueba en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), pero estos ingresos y gastos, SOLO incluyen al Gobierno Federal, al IMSS, al ISSSTE, a Pemex y a la CFE.
Como el Gasto Presupuestal siempre es mayor a los ingresos propios que se obtienen, ese déficit o sobregiro, se incluye dentro de LIF como “Ingresos por Financiamientos” que para 2025, son de $1,246.4 miles de millones de pesos, de los cuales, $75.8 mmp serán financiados por proveedores, vía gasto devengado no pagado, y $1,170.6 mmp deberán ser obtenidos vía colocación de más deuda pública, y ese es el monto que se define como Déficit Presupuestal, que equivale al 3.2% del PIB que proyecta Hacienda para este año.
Ahora, como hay entes públicos que no se incluyen en LIF y en PEF, cuyas actividades deben ser financiadas también por el Gobierno Federal, como las de los Bancos de Desarrollo, que no captan recursos del público ahorrador, y sus préstamos provienen de deuda pública, sus requerimientos financieros para operar, se suman al déficit presupuestal, y así se determina el déficit financiero, o los requerimientos financieros del sector público federal, (RFSPF) que se deben obtener, vía deuda pública, para sufragar la operación y las actividades del sector público federal, concepto que ya engloba todas las necesidades de financiamiento, y que para este año 2025, se determinaron en $1,428.3 mmp equivalentes al 3.9% del PIB.
De tal suerte, esa cantidad de dinero, $1,428.3 mmp, que se le denomina requerimientos financieros del sector público federal es la que ocupa el sector público federal para financiar todos los sobregiros del gasto, así como las actividades que ocupan recursos públicos, como la operación de la Banca de Desarrollo, la deuda PIDIREGAS de la CFE, y el servicio de la deuda pública no reconocida oficialmente, como la deuda del IPAB y del Fideicomiso del rescate carretero, FARAC, cuando no hay dinero para pagar íntegramente los intereses de esas deudas, y hay que emitir deuda nueva para pagar parte de los intereses devengados.
Bueno, pues definido ya este dato, pasamos ahora a revisar lo que establece el artículo 2 de la Ley de Ingresos de la Federación para este año, donde se autoriza el techo de la nueva deuda pública a contratar para 2025, tanto al Gobierno Federal, como a Pemex y a la CFE, desglosado en deuda interna y deuda externa.
Lo que se tiene, es que al Gobierno Federal se le autoriza un techo de deuda interna por $1,580.0 mmp y de $15,500 millones de dólares de deuda externa, que a una paridad promedio de $20.2 pesos por dólar proyectada por Hacienda para este año, suma un techo de endeudamiento externo, en pesos, de $313.1 mmp, por lo que tan solo al Gobierno Federal, se le autoriza contratar nueva deuda por $1,893.1 mmp cantidad equivalente al 5.3% del PIB proyectado por Hacienda para este año.
A Pemex, el Congreso le autoriza contratar más deuda interna por $143.4 mmp y más deuda externa por un monto de $5,512.7 millones de dólares, ($111.4 mmp) por lo que su techo de deuda total para este año se ubica en $254.8 mmp mientas que a la CFE se le aprueba más deuda interna por $10.3 mmp y más deuda externa por $991.0 millones de dólares, que dan un total de nueva deuda para 2025 de $30.3 mmp.
Sumando estos tres techos de deuda pública, se determina que el techo financiero total para contratar nueva deuda pública federal este año, es de $2,178.2 mmp (casi $2.2 billones de pesos) cantidad equivalente al 6.1% del PIB esperado por Hacienda para este año, pero considerando que la economía va a crecer más de un 2%, por lo que si ajustamos el PIB nominal, con un crecimiento más apegado a la realidad, el techo de la deuda equivale al 6.2% del PIB.
¿Por qué se le autoriza y para que ocupa el sector público federal $2.2 billones de pesos de más deuda, si solo necesita $1.4 billones de pesos para sufragar sus requerimientos financieros?
Otra asignatura más para David Colmenares Páramo, auditor superior de la Federación.